RESOLUCIÓN SRT 38/2020

RESOLUCIÓN SRT 38/2020

Trabajo Seguro  -  07/05/2020

Toda la información

La Resolución establece los mecanismos para realizar la denuncia de la contingencia: “Establécese que en los supuestos de denuncia de una enfermedad COVID-19 producida por el coronavirus SARS-CoV-2 en los términos de lo dispuesto por el Decreto de Necesidad y Urgencia (D.N.U.) Nº 367 de fecha 13 de abril de 2020, los/las trabajadores/as damnificados/as o sus derechohabientes deberán acreditar ante la ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO (A.R.T.) o el EMPLEADOR AUTOASEGURADO (E.A.) los siguientes requisitos de carácter formal…”
 
Podés leer la Resolución SRT 38/2020 haciendo click aquí.
  • Preguntas frecuentes: Conocé las respuestas a los principales interrogantes de esta nueva resolución haciendo click aquí.
  • Paso a paso de cada momento: Mirá las infografías con las indicaciones en cada instancia haciendo click en cada paso.
  1. Cómo realizar la denuncia 
  2. Procedimiento antes la Comisión Médica Central (CMC) para determinación definitiva del carácter profesional de la contingencia.
  3. Intervención de la Comisión Médica Central (CMC)
  4. Imputación al Fondo Fiduciario de Enfermedades Profesionales (FFEP)
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