Te contamos todo lo que tenés que saber respecto a los derechos de propiedad intelectual.
DIFERENTES TIPOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL
Derecho de Autor. Son los derechos de los creadores sobre sus obras artísticas y literarias, entre otras. Las obras que abarca van desde los libros, la música, la pintura, las obras de arquitectura, la escultura y las películas, hasta los programas informáticos (software), las bases de datos, las frases publicitarias, los mapas, los planos, los dibujos técnicos, etc.
Patentes de Invención. Una patente es un derecho exclusivo que la autoridad de aplicación concede sobre una invención de carácter técnico, siempre y cuando cumpla con determinadas condiciones:
1) Novedad, es decir que el invento sea nuevo en el mundo entero
2) Altura Inventiva: debe significar un salto tecnológico que no sea fácilmente deducible para un experto en la materia
3) Aplicación Industrial
Modelos de Utilidad. Son toda disposición o forma nueva obtenida o introducida en herramientas, instrumentos de trabajo, utensilios, dispositivos y objetos conocidos que se presten a un trabajo práctico, en cuanto importen una mejor utilización en la función a la que estén destinados.
Marcas. La Ley de Marcas permite registrar palabras, figuras, envases y todos aquellos signos (incluyendo los no tradicionales, como formas, olores, sonidos) que posean carácter distintivo y que permitan diferenciar los productos y los servicios de una empresa de los de las demás. Las marcas permiten a las empresas posicionarse en el mercado dentro de las reglas de la competencia leal.
Modelos y Diseños Industriales. Un diseño, modelo o dibujo industrial se constituye sobre el aspecto ornamental o estético de un objeto, que puede ser bidimensional o tridimensional. No es ésta una protección de un desarrollo técnico sino de un rasgo de distinción de forma y aspecto externo, pero que muchas veces otorga claras ventajas competitivas.
TU EMPRESA Y SUS DERECHOS DE PROPIEDAD INTELECTUAL (DPI)
Los DPI son derechos de carácter exclusivo y permiten garantizar a las empresas la protección de sus activos intangibles. “Ya no existen dudas respecto del valor de estos bienes inmateriales que han superado incluso al valor de las cosas corporales. Su otorgamiento confiere a los titulares una exclusividad de uso y de exclusión de los terceros”, explican desde el estudio KORS NOVIKS.
Es importante que tengas en cuenta estos DPI al momento de encarar tu proyecto. Además de considerar el tipo societario más adecuado para cada emprendimiento, es necesario realizar búsquedas previas del nombre y razón social a elegir, para evitar infringir derechos de terceros. Lo mismo en lo que respecta a las marcas con las que se lancen al mercado. “El registro de los DPI es vital, no solamente para poder excluir a terceros, sino también para sustanciar y formalizar los derechos sobre dichos intangibles, convirtiéndolos en parte de los activos de las empresas, hecho no menor y que cada vez cobra más relevancia en los balances y las valuaciones de los emprendimientos”, explican desde KORS NOVIKS.
Por último, los especialistas recalcan que en el mundo actual los intangibles tienen cada día mayor valor y relevancia frente a los bienes tangibles o corporales, y por eso es clave protegerlos de la mejor manera.